¿Qué significa una condena en costas tras la anulación de un juicio por desahucio?
Teresa
Pregunta
¿Qué significa una condena en costas tras la anulación de un juicio por desahucio?
Teresa
Pregunta
Por lo que indicas, se ha anulado un juicio de desahucio y te preocupa qué implica que haya “condena en costas”. Aunque mencionas el área penal, el desahucio y las costas se encuadran normalmente en el ámbito civil.
En España, una “condena en costas” significa que el juzgado impone a una parte el pago de los gastos del procedimiento causados a la otra parte. Generalmente incluye honorarios de abogado y procurador (cuando sean preceptivos), gastos de peritos si los hubiera y otros desembolsos necesarios del proceso. No es una multa penal ni un castigo por sí mismo, sino una consecuencia económica procesal.
Que el juicio se haya “anulado” no implica automáticamente que nadie pague costas o que siempre las pague la misma parte. Depende del motivo de la anulación y de lo que haya acordado el juzgado en la resolución (auto o sentencia). Por ejemplo:
Pasos que podrías seguir:
En Ceuta se aplica la misma Ley de Enjuiciamiento Civil que en el resto del territorio. Si me dices qué motivo figura en la anulación y a quién se impusieron las costas, puedo orientarte mejor sobre los escenarios habituales.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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