Reclamaciones de cantidad

¿Qué se puede hacer ante el impago de pensión alimenticia?

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Si existe una resolución judicial o un convenio regulador aprobado por el juzgado que fija una pensión de alimentos y la otra parte deja de pagar, en muchos casos se puede reclamar tanto por vía civil (cobro) como, si se dan ciertos requisitos, por vía penal.

En España, la pensión alimenticia a favor de los hijos es una obligación legal. Su incumplimiento permite solicitar la ejecución de la sentencia o del auto que la estableció, conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Además, cuando el impago es reiterado, podría encajar en el delito de abandono de familia del artículo 227 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (por ejemplo, impago durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos), aunque cada caso debe valorarse con detalle.

Pasos que generalmente podrían seguirse:

  1. Reunir documentación Sentencia o convenio aprobado judicialmente, justificantes de los pagos realizados y de los meses impagados, y cualquier comunicación con la otra parte.

  2. Presentar demanda de ejecución En el juzgado que dictó la resolución. En la ejecución se podría pedir el embargo de nómina, cuentas bancarias, devoluciones de IRPF, vehículos u otros bienes. También podrían reclamarse los intereses y las costas, según proceda.

  3. Medidas si hay cambios de situación Si el obligado al pago alega falta de ingresos, lo habitual es que deba solicitar una modificación de medidas (no dejar de pagar unilateralmente). Esto se tramita conforme al Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

  4. Vía penal (cuando corresponda) Si el impago es persistente y sin justificación, podría valorarse presentar denuncia o querella por el artículo 227 del Código Penal, sin perjuicio de que la reclamación civil siga su curso.

En Cuenca, lo normal es tramitarlo ante el partido judicial correspondiente (habitualmente, el mismo juzgado de familia que fijó la pensión). Para elegir la mejor estrategia y preparar bien la reclamación, suele ser muy recomendable consultar con un abogado de familia.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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