Reclamaciones de cantidad

¿Cuándo prescriben las deudas con Hacienda y cómo puedo eliminarlas?

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Planteas una duda muy habitual: saber cuándo “caducan” o prescriben las deudas con Hacienda (Agencia Tributaria) y qué vías existen para cancelarlas o reducir su impacto, estando en Toledo.

  1. Plazos de prescripción con Hacienda (regla general) La prescripción tributaria se regula en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Con carácter general, prescriben a los 4 años:
  • El derecho de la Administración a determinar una deuda tributaria mediante liquidación (por ejemplo, una comprobación).
  • El derecho de la Administración a exigir el pago de una deuda ya liquidada.
  • El derecho a imponer sanciones tributarias.
  • El derecho del contribuyente a solicitar devoluciones y reembolsos.

Importante: no es “desde que se genera la deuda” sin más, sino desde el día siguiente a aquel en que termine el plazo voluntario para presentar/pagar, o desde la notificación de la liquidación, según el caso.

  1. Interrupción de la prescripción (lo que reinicia el cómputo) Aunque exista un plazo de 4 años, en muchos casos se interrumpe y vuelve a empezar si ocurre, por ejemplo:
  • Notificaciones de Hacienda (inicio de inspección, providencia de apremio, diligencias de embargo).
  • Actuaciones de recaudación o ejecución.
  • Recursos o reclamaciones que presentes (según el trámite y su alcance).
  • Reconocimiento o pago parcial de la deuda.

Por eso, para saber si está prescrita, es clave revisar el historial de actuaciones y notificaciones.

  1. Cómo “eliminarlas” o gestionarlas Según tu situación, podrías valorar:
  • Comprobar si hay prescripción: solicitar o revisar el expediente de recaudación y las fechas de actuaciones.
  • Solicitar aplazamiento o fraccionamiento: puede permitir pagar en cuotas; suele exigir requisitos y, a veces, garantías.
  • Compensación: si Hacienda te debe una devolución, podría compensarse con deudas pendientes.
  • Anulación/rectificación si procede: si la deuda proviene de una liquidación o sanción con errores, caben recursos en plazo.
  • Insolvencia y otras vías: en supuestos concretos, puede estudiarse si procede declarar fallido o explorar mecanismos de segunda oportunidad, aunque con Hacienda hay particularidades.

Si quieres, dime si se trata de IRPF/IVA/autónomos, el año aproximado y si has recibido embargos o providencias de apremio, y te indico qué fechas y documentos suelen ser determinantes para analizar la prescripción.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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