Reclamaciones de cantidad

¿Cuándo prescribe la deuda por un aval a una sociedad limitada?

R

Pregunta

Respuesta automática

Planteas cuándo deja de poder reclamarse una deuda derivada de un aval (fianza) que garantizaba obligaciones de una sociedad limitada, y además estás en Illes Balears, donde puede haber matices civiles propios según el tipo de aval y la relación entre las partes.

En España, el aval suele funcionar como una fianza: el avalista responde si no paga el deudor principal (la SL). La prescripción depende, en muchos casos, de qué obligación concreta se garantizó y de la naturaleza del aval (civil o mercantil, y si es “solidario” o con “beneficio de excusión”).

Regla general: el plazo para reclamar al avalista suele ir ligado al plazo de la deuda principal. Desde la reforma operada por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, el plazo general de las acciones personales del Código Civil es de 5 años (artículo 1964 del Código Civil), salvo que exista un plazo especial (por ejemplo, en letras, pagarés o cheques, o en algunos supuestos bancarios/documentados).

¿Cuándo empieza a contar? Generalmente, desde que la deuda es exigible: por ejemplo, desde el vencimiento del préstamo o desde el impago de una cuota si el contrato permite reclamarla. Si hubo vencimiento anticipado, el “dies a quo” podría ser la fecha en que ese vencimiento se declaró válidamente. Además, la prescripción puede interrumpirse (reiniciarse el cómputo) por reclamaciones fehacientes o por reconocimiento de deuda, conforme al artículo 1973 del Código Civil.

Particularidad Balears: Illes Balears tiene derecho civil propio (Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears, aprobada por la Ley 8/1990, de 28 de junio). En la práctica, muchas fianzas ligadas a actividad empresarial/bancaria se rigen por normas estatales y/o mercantiles, pero si el aval es estrictamente civil y entre particulares, conviene revisar si alguna norma balear puede incidir en la interpretación del vínculo y sus efectos.

Pasos útiles:

  1. Revisar el documento de aval: fecha, tipo (solidario o no), obligación garantizada y vencimientos.
  2. Identificar la fecha de exigibilidad (vencimiento/impago/vencimiento anticipado).
  3. Comprobar si hubo interrupciones (burofax, demanda, reconocimiento).
  4. Consultar a un abogado con la documentación para calcular el plazo con seguridad, porque pequeños detalles cambian el cómputo.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en Reclamaciones de cantidad.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita