¿Cuándo prescriben las deudas bancarias en España?
Patricia
Pregunta
¿Cuándo prescriben las deudas bancarias en España?
Patricia
Pregunta
Si tienes una deuda con un banco y te preocupa hasta cuándo pueden reclamártela, la clave está en el plazo de prescripción y en si ese plazo se ha “interrumpido” por alguna actuación.
En España, la prescripción significa que, si el acreedor (el banco o quien haya comprado la deuda) no reclama en plazo, la deuda puede dejar de ser exigible judicialmente si el deudor alega la prescripción. El plazo general de las acciones personales es de 5 años, según el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), tras la reforma de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. En deudas bancarias típicas (por ejemplo, préstamos personales, créditos o saldos impagados), muchas reclamaciones encajan en ese plazo de 5 años, contando desde que la deuda es exigible (normalmente, desde el impago o desde el vencimiento anticipado si se declaró válidamente).
Ojo: hay deudas “por cuotas” (mensualidades). En muchos casos, cada cuota podría prescribir de forma independiente desde su propio vencimiento, aunque si se reclama el total por vencimiento anticipado, el cómputo puede cambiar.
Además, la prescripción puede interrumpirse (volver a empezar el plazo) si, por ejemplo:
En Navarra, aunque existe derecho civil propio (Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, Ley 1/1973, de 1 de marzo), en materia de prescripción de obligaciones y contratos bancarios suele aplicarse con frecuencia el régimen del Código Civil, pero conviene revisar el caso concreto (tipo de contrato, fechas y actuaciones).
Pasos que podrías seguir:
Si me indicas el tipo de deuda (tarjeta/revolving, préstamo, cuenta) y la fecha aproximada del primer impago, puedo orientarte mejor sobre cómo suele calcularse el plazo.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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