Reclamaciones de cantidad

¿Qué pasos debo seguir para recurrir un embargo en mi cuenta bancaria?

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Si te han embargado dinero en tu cuenta bancaria en Pontevedra, normalmente se debe a una deuda que está en vía de ejecución (por un juzgado) o en vía de apremio (por Hacienda, Seguridad Social u otra administración). En muchos casos se puede recurrir, pero los pasos dependen de quién haya ordenado el embargo y de si se han respetado tus derechos.

Aspectos legales relevantes En embargos judiciales suele aplicarse la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. En embargos administrativos, la base suele estar en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (si es Hacienda) o en la normativa recaudatoria de la Seguridad Social. Un punto clave es la “inembargabilidad” de ciertos ingresos: el salario/pensión es parcialmente inembargable según la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el límite general del Salario Mínimo Interprofesional y tramos sobre lo que lo exceda. Además, algunas ayudas o prestaciones pueden tener protección específica según su normativa.

Pasos que podrías seguir

  1. Identificar el origen del embargo: revisa la notificación recibida (del juzgado o de la administración) y pide en tu banco el “mandamiento” u orden recibida, donde suele constar el número de expediente/procedimiento.

  2. Comprobar si hubo notificación previa: si no te notificaron correctamente la deuda o la resolución, en muchos casos podrías alegar indefensión y pedir la revisión según el cauce que corresponda (judicial o administrativo).

  3. Revisar si se ha embargado dinero inembargable: si lo embargado procede de nómina/pensión o ayudas, podrías solicitar al órgano que ordenó el embargo que ajuste la cuantía y, si procede, que reintegre lo indebidamente embargado, aportando extractos bancarios y justificantes del pagador.

  4. Presentar el recurso o escrito adecuado y en plazo: los plazos varían mucho. En vía judicial, frecuentemente se utiliza un “escrito de oposición a la ejecución” o un incidente sobre embargabilidad; en vía administrativa, recursos como reposición o reclamación económico-administrativa pueden ser los habituales.

  5. Valorar negociación o pago fraccionado: si la deuda es correcta, a veces es posible solicitar aplazamiento/fraccionamiento (sobre todo en vía administrativa) para intentar levantar o reducir embargos.

Dado que los plazos y el tipo de escrito son decisivos, suele ser recomendable que un/a abogado/a o graduado/a social revise la documentación antes de presentar el recurso.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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