Comunidad de propietarios

¿Qué ocurre si la canalización de aguas pluviales pasa por la parcela de mi vecino?

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Pregunta

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Si la canalización de aguas pluviales de su vivienda o de la comunidad discurre por la parcela de un vecino, lo relevante es determinar si ese paso está autorizado (por escritura, por acuerdo o por “servidumbre”) y quién debe mantenerla y responder de posibles daños.

En términos generales, cuando una conducción atraviesa una finca ajena puede estar amparada por una servidumbre de acueducto o desagüe. Esa servidumbre puede haberse constituido por título (por ejemplo, en la escritura de obra nueva/división horizontal, en una servidumbre inscrita en el Registro de la Propiedad o en un acuerdo entre propietarios), o podría haberse consolidado por el uso prolongado si concurren los requisitos legalmente exigidos (esto suele depender de cómo sea la conducción, si es aparente o no, y de las circunstancias del caso). Si no existe título ni servidumbre válida, el vecino podría oponerse y exigir la retirada o la regularización.

Al estar en Bizkaia, además de la normativa común, puede ser relevante el Derecho civil vasco (Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco), sobre todo en materia de servidumbres y relaciones de vecindad, por lo que conviene revisar específicamente el encaje en su caso. Si se trata de una comunidad de propietarios, también aplica la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal: generalmente las canalizaciones generales son elemento común, y la comunidad suele ser responsable de su conservación y de gestionar la relación con el colindante.

Pasos prácticos que podría seguir:

  1. Identificar el origen: ¿es un desagüe privativo o comunitario? Revisar estatutos, escritura de división horizontal y planos.
  2. Comprobar en el Registro de la Propiedad si consta servidumbre a favor de su finca o de la comunidad.
  3. Documentar el trazado y el estado (fotos, informe técnico) y si hay filtraciones o daños.
  4. Si no está regularizado, plantear una solución pactada con el vecino (constitución formal de servidumbre, cambio de trazado o mejoras), preferiblemente por escrito.
  5. Si hay conflicto, canalizarlo mediante el administrador/presidente y, si procede, acuerdo de junta.

Un abogado o un profesional de la administración de fincas puede ayudarle a revisar títulos y a negociar la opción menos conflictiva.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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