¿Qué indemnización me corresponde por un despido disciplinario improcedente?
Marta
Pregunta
¿Qué indemnización me corresponde por un despido disciplinario improcedente?
Marta
Pregunta
Si te han hecho un despido disciplinario y finalmente se declara improcedente, la cuestión principal pasa a ser qué indemnización (o alternativa) corresponde según el tiempo trabajado y tu salario.
En España, la regulación básica está en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Cuando un despido es improcedente, generalmente la empresa puede optar entre: 1) readmitirte (volver a tu puesto), o 2) indemnizarte y extinguir la relación laboral. En muchas empresas, la opción la decide la empresa; si quien demanda es un representante legal de los trabajadores, puede variar.
La indemnización por improcedencia, con carácter general, se calcula así:
Para calcularla se usa el “salario/día”, que suele incluir salario base y complementos salariales (y, en su caso, la parte proporcional de pagas extra). Variables como comisiones o bonus pueden computar según su naturaleza y habitualidad.
Además, si la empresa opta por readmitirte, podrían corresponder salarios de tramitación en supuestos concretos (por ejemplo, si se trata de representantes o si la improcedencia se reconoce en determinados términos), algo que conviene revisar caso por caso.
Pasos habituales:
Si me indicas tu fecha de inicio, fecha de despido y tu salario (mensual o diario, con pagas), puedo ayudarte a estimar orientativamente el cálculo.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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