¿Qué hacer si me han embargado la nómina por un crédito que no puedo pagar?
Rosa
Pregunta
¿Qué hacer si me han embargado la nómina por un crédito que no puedo pagar?
Rosa
Pregunta
Si te han embargado parte de la nómina por una deuda de un crédito, normalmente significa que existe una reclamación formal (habitualmente con título ejecutivo, como una sentencia, un decreto o un acuerdo homologado) y que tu empresa ha recibido una orden para retener una parte de tu salario.
En España, el embargo de sueldos y salarios se regula principalmente en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. La regla general es que el salario es inembargable hasta el importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y, a partir de ahí, se aplican porcentajes por tramos (por ejemplo, sobre el “exceso” del SMI se embarga un porcentaje, y así sucesivamente por escalones). Además, el órgano que ejecuta el embargo podría aplicar reducciones si acreditas cargas familiares (personas a tu cargo), en los términos que prevé la propia Ley de Enjuiciamiento Civil. En Huesca (Aragón) no suele haber particularidades civiles relevantes para este punto: se aplica el régimen general procesal.
Pasos que podrías valorar en muchos casos:
Si me indicas si el embargo viene de un juzgado, de Hacienda, o de la Seguridad Social, y tu salario neto aproximado, puedo orientarte mejor sobre qué comprobar y qué pedir.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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