Penal

¿Puedo salir perjudicada al presentar una denuncia penal por impago de pensión alimenticia?

A

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Planteas si presentar una denuncia penal por impago de pensión de alimentos en Soria podría acabar perjudicándote. Es una duda habitual, porque el proceso penal puede generar tensión y movimientos procesales de la otra parte.

En España, el impago de pensiones puede constituir delito de abandono de familia cuando existe una resolución judicial (sentencia, auto o convenio regulador aprobado judicialmente) que fija la pensión y el obligado deja de pagar de forma relevante. Lo regula el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre), que exige normalmente un incumplimiento durante 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos. También suele valorarse si el impago es “voluntario” (no pagar pudiendo) o si había una imposibilidad real de pago.

¿En qué podrías “salir perjudicada”? En muchos casos, no por denunciar en sí, pero sí podrían darse efectos o riesgos prácticos:

  • Si no hay resolución judicial fijando la pensión o la cuantía es discutible, la vía penal podría archivarse y sería más adecuado reclamar por la vía civil (ejecución).
  • El denunciado podría alegar falta de capacidad económica, aportar justificantes y el asunto podría no prosperar penalmente.
  • Podría presentarte una denuncia cruzada (por ejemplo, por obstrucción de visitas), aunque eso no significa que tenga razón; dependerá de pruebas.
  • El proceso puede implicar costes y desgaste (abogado, procurador, acudir a declarar), aunque si actúas como perjudicada suele ser manejable con asesoramiento.

Pasos que podrías seguir:

  1. Reunir documentación: resolución judicial, justificantes de impago, movimientos bancarios, mensajes/requerimientos.
  2. Valorar con un profesional si encaja mejor una ejecución civil para reclamar cantidades (y embargos) o también la vía penal.
  3. Presentar denuncia en comisaría/Guardia Civil o directamente en el Juzgado, aportando la resolución y el cálculo de deuda.
  4. Paralelamente, iniciar o mantener la reclamación civil de cantidades, ya que la denuncia penal no siempre asegura el cobro inmediato.

Si me indicas si existe sentencia/convenio aprobado y cuánto tiempo lleva sin pagar, puedo orientarte mejor sobre qué vía suele encajar mejor.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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