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¿Pueden despedirme por despido objetivo estando embarazada y de baja?

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Por lo que planteas, estás embarazada y además en situación de baja (incapacidad temporal), y te preocupa si la empresa puede extinguir tu contrato mediante un despido objetivo. Es una duda muy habitual y conviene distinguir qué puede hacer la empresa y qué efectos tendría.

En España, el despido durante el embarazo tiene una protección reforzada. Con carácter general, el despido de una trabajadora embarazada se considera nulo (es decir, sin efecto), aunque la empresa alegue causas objetivas, salvo que pueda acreditar que el despido obedece a motivos totalmente ajenos al embarazo y a cualquier discriminación. Esta protección se apoya principalmente en el Estatuto de los Trabajadores (texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015) y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Además, estar de baja no impide por sí mismo que la empresa intente un despido objetivo, pero la incapacidad temporal también está protegida frente a despidos discriminatorios. En muchos casos, si el despido está conectado con el embarazo o con la situación de salud, podría discutirse judicialmente y, si se declara nulo, normalmente implicaría readmisión y abono de salarios dejados de percibir.

Un despido objetivo exige causas específicas (por ejemplo, económicas, técnicas, organizativas o de producción) y unos requisitos formales, como carta de despido con explicación suficiente y, en general, puesta a disposición de la indemnización correspondiente. Si falta justificación o forma, podría impugnarse.

Pasos que podrías valorar:

  1. Reunir y guardar documentación: carta de despido, comunicaciones, partes de baja, informes, calendario de hechos.
  2. Revisar fechas (embarazo comunicado o conocido por la empresa) y el contenido exacto de la carta.
  3. Actuar rápido: el plazo para impugnar un despido suele ser de 20 días hábiles desde la fecha de efectos (Estatuto de los Trabajadores).
  4. Solicitar asesoramiento de un profesional o sindicato en Zaragoza para preparar la papeleta de conciliación y la posible demanda.

Si quieres, puedes copiar aquí el texto de la carta (omitiendo datos personales) y la fecha de efectos, y te indico qué puntos conviene revisar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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