Laboral

¿Obtengo algún beneficio si gano un juicio por despido nulo o improcedente?

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Pregunta

Respuesta automática

Si estás planteándote demandar por un despido y “ganas” el juicio (porque se declara nulo o improcedente), normalmente sí puede haber consecuencias económicas y laborales favorables para ti. En Zamora se aplica la normativa laboral estatal.

  1. Diferencia clave: despido nulo vs. improcedente
  • Despido nulo: Se declara cuando el despido vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones especialmente protegidas (por ejemplo, ciertos supuestos de embarazo, maternidad/paternidad, reducción de jornada por guarda legal, etc.). La regulación principal está en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. ¿Qué “beneficio” suele implicar? Generalmente, la empresa debe readmitirte obligatoriamente y pagarte los salarios de tramitación, es decir, los sueldos dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión efectiva.

  • Despido improcedente: Se declara cuando la empresa no acredita la causa o no cumple requisitos formales. También se regula en el Estatuto de los Trabajadores. ¿Qué suele implicar? En muchos casos, la empresa puede elegir entre: a) Readmitirte, o b) Indemnizarte (calculada según tu antigüedad y salario). Ojo: los salarios de tramitación, por regla general, solo se abonan si hay readmisión (con matices).

  1. Otros efectos posibles si ganas
  • Cotizaciones y regularización: Si hay readmisión y salarios de tramitación, normalmente se regularizan cotizaciones a la Seguridad Social de ese periodo.
  • Costas y gastos: En la jurisdicción social, lo habitual es que no haya “costas” como en otros órdenes, aunque podría haber excepciones (por ejemplo, temeridad), y sí tendrás que valorar honorarios profesionales si los hay.
  • Indemnización adicional: Si hubo vulneración de derechos fundamentales (más típico en nulidad), además de la readmisión podrían reconocerse daños morales u otras compensaciones, según el caso.
  1. Pasos habituales
  • Revisar plazos: El despido suele impugnarse en un plazo breve (habitualmente 20 días hábiles).
  • Papeleta de conciliación previa y, si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social.
  • Reunir pruebas: carta de despido, nóminas, comunicaciones, testigos, informes, etc.

Si me indicas tu tipo de contrato, antigüedad, salario aproximado y el motivo alegado en la carta, puedo orientarte mejor sobre qué efectos suelen ser más relevantes en tu situación.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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