Laboral

Han pasado 4 meses desde mi despido y me deben nóminas, ¿qué puedo reclamar?

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Por lo que indicas, han pasado unos 4 meses desde tu despido y la empresa aún te debe nóminas. En estos casos, normalmente se pueden reclamar tanto los salarios impagados como, si corresponde, otras cantidades ligadas al fin de la relación laboral.

  1. Qué podrías reclamar
  • Salarios (nóminas) pendientes: puedes reclamar las mensualidades no abonadas, incluyendo pagas extra prorrateadas o devengadas si no se pagaron.
  • Finiquito: si no te lo abonaron, suele incluir vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra, y otros conceptos pendientes.
  • Indemnización por despido: dependerá del tipo de despido (disciplinario, objetivo, etc.) y de si se impugnó en plazo. La base está en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  • Intereses por mora salarial: cuando hay retraso en el pago del salario, en muchos casos se puede solicitar un recargo por demora (habitualmente un 10%). También se regula en el Estatuto de los Trabajadores.
  1. Plazos importantes
  • Reclamación de salarios: el plazo general para reclamar cantidades adeudadas es de 1 año desde que pudieron reclamarse (Estatuto de los Trabajadores).
  • Impugnar el despido: si lo que quieres es discutir la validez del despido (improcedente/nulo), el plazo general es de 20 días hábiles desde el despido (Estatuto de los Trabajadores). Con 4 meses, normalmente ese plazo ya habría pasado, pero la reclamación de nóminas suele seguir siendo posible.
  1. Pasos habituales
  • Reúne documentación: contrato, nóminas, vida laboral, carta de despido, finiquito (si lo hubo), extractos bancarios y cualquier comunicación con la empresa.
  • Presenta papeleta de conciliación ante el servicio de mediación/conciliación laboral de tu zona (en Castilla y León). Suele ser un paso previo antes de demandar.
  • Si no hay acuerdo, podrías interponer demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social de Zamora.

Si la empresa es insolvente o entra en concurso, podría valorarse la vía del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) para parte de los salarios/indemnizaciones, con límites legales. Para enfocar bien cuantías y plazos, suele ser muy recomendable que un graduado social, sindicato o abogado laboralista revise tu documentación.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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