¿Es posible que me embarguen el 40% de mi nómina si cobro 1000 euros?
David
Pregunta
¿Es posible que me embarguen el 40% de mi nómina si cobro 1000 euros?
David
Pregunta
Con un salario de 1.000 euros, es normal preguntarse si pueden embargarte un porcentaje tan alto como el 40%. En general, el embargo de nómina tiene límites legales para proteger un mínimo de ingresos.
La regla básica está en el artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), que declara inembargable el salario que no exceda del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual. A partir de lo que supere el SMI, sí se puede embargar aplicando tramos: sobre el primer tramo por encima del SMI, generalmente hasta un 30%, y en tramos superiores aumentan los porcentajes (50%, 60%, etc.). Por eso, para saber si un 40% sería posible, lo clave es comparar tus 1.000 euros con el SMI vigente y ver si tu nómina lo supera y en qué cuantía. Si tu salario está por debajo o igual al SMI, en principio no debería embargarse nada (salvo excepciones).
Una excepción importante es el embargo por pensiones de alimentos (por ejemplo, a favor de hijos), donde el límite del artículo 607 LEC no se aplica igual y el juzgado puede fijar una cuantía distinta según el caso.
Además, el artículo 608 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil permite que, si existen cargas familiares, el juzgado pueda reducir los porcentajes embargables. También conviene distinguir si esos 1.000 euros son en 12 o 14 pagas y si se trata de salario neto o bruto: los embargos suelen calcularse sobre el “líquido” embargable.
Pasos que podrías seguir:
En La Rioja se aplican estas mismas normas estatales. Si me dices si es deuda ordinaria o alimentos y si cobras en 12 o 14 pagas, puedo orientarte mejor sobre el cálculo general.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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