Penal

¿Es posible cancelar antecedentes penales aunque haya una multa con la nueva ley?

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Entiendo que tu duda es si puedes cancelar (cancelación de antecedentes penales) aunque en tu condena haya una multa pendiente o impuesta, especialmente tras los cambios recientes en la normativa. En muchos casos, sí se puede cancelar, pero suele depender de que la responsabilidad penal esté totalmente extinguida y de que haya pasado el plazo legal sin delinquir.

En España, la cancelación de antecedentes penales se regula en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal). Con carácter general, para que se cancelen los antecedentes deben cumplirse dos requisitos clave:

  1. Haber extinguido la pena y las responsabilidades derivadas. Esto normalmente implica que:
  • La multa esté pagada, o
  • Si no se pudo pagar, que se haya declarado su insolvencia o se haya ejecutado la responsabilidad personal subsidiaria (por ejemplo, trabajos en beneficio de la comunidad o privación de libertad en ciertos supuestos), según proceda en tu caso.

Si la multa sigue pendiente de pago y no hay una resolución que acredite que ya no es exigible por alguna vía legal, lo habitual es que no empiece a contar el plazo para cancelar antecedentes.

  1. Haber transcurrido el “plazo de cancelación” sin volver a delinquir. Ese plazo varía según la gravedad de la pena (por ejemplo, suele ser más corto en penas leves y más largo en penas menos graves o graves). El cómputo, en general, empieza cuando la pena se considera cumplida o extinguida.

Pasos que podrías seguir:

  • Solicitar en el Registro Central de Penados un certificado para ver exactamente qué consta.
  • Revisar en el Juzgado de lo Penal o de Instrucción que ejecutó la sentencia si la multa figura como satisfecha, fraccionada, suspendida, o pendiente.
  • Si está pendiente, valorar el pago, un fraccionamiento o, si procede, acreditar insolvencia (según la fase de ejecución).
  • Una vez cumplidos requisitos y plazos, presentar la solicitud de cancelación ante el Ministerio de Justicia.

Si me indicas si la multa está pagada, fraccionada o pendiente, y si fue delito leve o menos grave, puedo orientarte mejor sobre qué escenario suele aplicarse.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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