Reclamaciones de cantidad

¿Cuántos días tardan en depositarme el embargo por cuota alimentaria?

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Entiendo que has conseguido (o estás esperando) que se ejecute un embargo para cobrar una deuda de pensión de alimentos y quieres saber cuánto suele tardar en llegar el dinero a tu cuenta. En Cantabria, como en el resto de España, el plazo puede variar bastante según quién sea el retenedor (empresa, banco, SEPE, Seguridad Social) y la carga del juzgado.

En general, el cobro de pensiones de alimentos impagadas se tramita mediante ejecución en el juzgado, regulada principalmente en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Una vez dictada la orden de embargo (por ejemplo, sobre nómina o cuentas), el dinero no lo “paga” directamente el deudor: lo retiene un tercero o se bloquea en el banco y se ingresa en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del juzgado. Después, el juzgado suele ordenar la transferencia a la persona acreedora.

Tiempos orientativos (pueden cambiar):

  • Embargo de nómina: muchas veces se aplica en la siguiente nómina o en 1-2 ciclos de pago, según cuándo llegue el oficio a la empresa y su calendario de nóminas. El ingreso al juzgado puede demorarse algo más.
  • Embargo de cuentas bancarias: si hay saldo, el bloqueo suele ser rápido, pero la transferencia al juzgado y luego a ti puede tardar días o varias semanas por trámites internos y validaciones.
  • Embargo a SEPE o pensiones: suele ser más lento por tramitación administrativa y calendarios de pago.

Qué podrías hacer para acelerar o verificar:

  1. Consultar el estado del procedimiento en el juzgado (o a través de tu procurador/abogado si lo tienes) y preguntar si ya consta ingreso en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones.
  2. Confirmar que el juzgado tiene tu cuenta bancaria (IBAN) correctamente aportada para el “mandamiento de pago” o transferencia.
  3. Si ha pasado un tiempo significativo, solicitar que se impulse el trámite (un escrito pidiendo que se libre el pago), algo habitual en ejecuciones.

Si me indicas si el embargo es de nómina, banco o prestación, y si ya te confirmaron que se retuvo/importó algo al juzgado, puedo orientarte mejor sobre rangos de tiempo habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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