Penal

¿Cuándo prescriben los antecedentes penales por apropiación indebida?

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Entiendo que quieres saber cuándo “caducan” o dejan de constar los antecedentes penales derivados de una condena por apropiación indebida, en tu caso en Sevilla. La clave es que no se habla tanto de prescripción de antecedentes, sino de su cancelación una vez cumplidos ciertos requisitos.

En España, los antecedentes penales se pueden cancelar conforme al Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) y al procedimiento del Registro Central de Penados regulado en el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

Plazos generales para cancelar antecedentes (desde que se extingue la pena, es decir, cuando se termina de cumplir todo: prisión/multa, y también responsabilidades como inhabilitaciones; y, en su caso, tras finalizar una suspensión):

  • 6 meses: para penas leves.
  • 2 años: para penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  • 3 años: para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años.
  • 5 años: para las restantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años.
  • 10 años: para penas graves.

En apropiación indebida, el plazo concreto dependerá de la pena impuesta en la sentencia (por ejemplo, si fue multa, prisión y su duración, o si se sustituyó/suspendió), no tanto del nombre del delito. Además, durante ese plazo generalmente se exige no volver a delinquir; si hubiera una nueva condena, podría reiniciarse el cómputo.

Pasos que podrías seguir:

  1. Conseguir una copia de la sentencia y/o un certificado de antecedentes penales para ver exactamente qué pena consta.
  2. Confirmar la “fecha de extinción” de la pena (a veces figura en ejecutoria).
  3. Solicitar la cancelación al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (Registro Central de Penados), aportando la documentación requerida.

Si me indicas qué pena exacta te impusieron (tipo y duración) y cuándo la terminaste de cumplir, podría orientarte sobre qué plazo encajaría en tu caso.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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