Penal

¿Cuándo caducan los antecedentes penales por violencia de género en España?

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En España los antecedentes penales no “caducan” por el hecho de ser violencia de género, sino que se cancelan tras pasar un plazo sin volver a delinquir. Lo importante suele ser el tipo de condena y la pena impuesta en la sentencia.

La regulación principal está en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre), en sus reglas sobre cancelación de antecedentes. En términos sencillos, una vez la condena está “cumplida” (por ejemplo, se ha pagado la multa, se ha terminado la prisión o ha finalizado una pena de alejamiento o de prohibición de comunicación), debe transcurrir un tiempo sin cometer nuevos delitos para poder solicitar la cancelación. Los plazos, con carácter general, son:

  • 6 meses: para penas leves.
  • 2 años: para penas que no excedan de 12 meses y para las impuestas por delitos imprudentes.
  • 3 años: para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años.
  • 5 años: para penas menos graves iguales o superiores a 3 años.
  • 10 años: para penas graves.

En violencia de género puede haber, además de prisión o multa, penas como órdenes de alejamiento, prohibición de comunicación, trabajos en beneficio de la comunidad o privación de armas. En muchos casos, el “reloj” empieza cuando termina la última de todas las penas impuestas, no cuando se dicta la sentencia.

En Gipuzkoa (País Vasco) esto se rige igual, porque hablamos de derecho penal estatal, no de derecho civil foral.

Pasos que podrías seguir:

  1. Revisar la sentencia para identificar todas las penas y su fecha real de finalización.
  2. Solicitar un certificado de antecedentes penales y, si ya ha transcurrido el plazo aplicable, pedir la cancelación al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (normalmente se tramita por sede electrónica o registros).
  3. Si hubo suspensión de la pena o sustituciones, conviene revisar con detalle cuándo se considera “cumplida” a estos efectos.

Si me dices qué pena concreta se impuso (multa, meses/años, alejamiento y duración) y cuándo se terminó de cumplir, puedo orientarte sobre el plazo que normalmente se aplicaría.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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