Penal

¿Cuál es la sanción que se puede imponer por un delito de hurto?

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Planteas cuál podría ser la sanción por un delito de hurto en Teruel. En España, la pena depende sobre todo del valor de lo sustraído y de si existen circunstancias agravantes o una especial gravedad.

El hurto está regulado en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal). En términos sencillos, es “quitar” una cosa mueble ajena con ánimo de quedarse con ella, sin usar fuerza en las cosas (eso suele encajar en robo) ni violencia o intimidación sobre personas.

  1. Si lo sustraído supera 400 euros: Generalmente se trata de delito de hurto y podría castigarse con pena de prisión de 6 a 18 meses (artículo 234.1 del Código Penal). La cuantía suele acreditarse con tickets, facturas, tasaciones o peritajes.

  2. Si lo sustraído no supera 400 euros: En muchos casos se considera hurto leve y la sanción podría ser una multa de 1 a 3 meses (artículo 234.2 del Código Penal). La multa funciona por “cuotas diarias” (según capacidad económica) durante el tiempo que fije el juez.

  3. Supuestos agravados: Si concurren ciertas circunstancias (por ejemplo, especial gravedad, afectar a bienes de primera necesidad causando desabastecimiento, aprovechamiento de especial vulnerabilidad de la víctima, o sustracción de cosas de valor artístico/cultural, entre otras), podría aplicarse el hurto agravado con penas superiores (artículo 235 del Código Penal). Además, si hay reincidencia o se trata de delitos relacionados, la calificación y la pena podrían verse afectadas.

Pasos prácticos:

  • Si eres víctima, normalmente conviene denunciar aportando pruebas (facturas, fotografías, testigos, cámaras, etc.) y cuantificar el perjuicio.
  • Si eres investigado, suele ser importante no declarar sin asesoramiento y recopilar documentación (por ejemplo, justificantes) para aclarar hechos y valor de lo sustraído.
  • En ambos casos, un abogado puede revisar si encaja en hurto leve, delito, o si hay agravantes, y orientar sobre opciones como reparación del daño.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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