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¿Cuál es el plazo para pagar la indemnización por despido?

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Entiendo que quieres saber en qué momento debe abonarse la indemnización cuando una empresa despide a una persona trabajadora en La Rioja. El plazo puede variar según el tipo de despido y cómo se tramite.

En general, la referencia principal es el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

  1. Despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o ineptitud/falta de adaptación) Según el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, la indemnización (habitualmente 20 días por año con límites legales) debe ponerse “a disposición” de la persona trabajadora al mismo tiempo que se entrega la carta de despido. En la práctica, esto suele implicar pago en ese momento (por ejemplo, transferencia inmediata, cheque, etc.). Solo en casos concretos de falta de liquidez por causas económicas, la empresa podría diferirlo, pero debe justificarlo y cumplir los requisitos formales.

  2. Despido disciplinario En el despido disciplinario (artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores) no se paga indemnización en el momento del cese, porque, si se considera procedente, no hay derecho a indemnización. Si posteriormente un juzgado lo declara improcedente, o la empresa reconoce la improcedencia, entonces sí nacería el derecho a indemnización (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores) y el pago se realizaría en el marco del acuerdo o de lo que se fije en la resolución.

  3. Si hay acuerdo o conciliación Si se alcanza un acuerdo (por ejemplo, en un acto de conciliación), el pago suele fijarse en ese mismo acuerdo, indicando fecha y forma. Conviene que quede por escrito el calendario y medio de pago.

Pasos que podrías seguir

  • Revisar la carta de despido: tipo de despido y fecha de efectos.
  • Comprobar si la indemnización se pagó o se puso a disposición (especialmente en despido objetivo).
  • Si no se ha pagado, valorar reclamar: normalmente se intenta primero la conciliación administrativa (SMAC) antes de demandar.

Si me indicas si fue despido objetivo o disciplinario y si te entregaron cheque/transferencia al dar la carta, puedo orientarte mejor sobre el escenario más probable.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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