Penal

¿Cómo se pueden anular los antecedentes policiales en España?

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Entiendo que lo que buscas es “borrar” o cancelar los antecedentes que pueden aparecer en bases de datos policiales por una detención, identificación o denuncia, aunque no haya acabado en condena. En España esto es posible en muchos casos, pero depende del tipo de dato registrado y de cómo terminó el asunto.

Primero conviene distinguir entre:

  1. Antecedentes penales (condenas firmes). Se cancelan conforme al Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) y se tramitan ante el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
  2. Antecedentes policiales (anotaciones policiales). Su cancelación suele apoyarse en la normativa de protección de datos: Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento General de Protección de Datos) y, especialmente, la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales.

En términos generales, los datos policiales no son “públicos” y pueden mantenerse mientras sean necesarios para fines policiales. Sin embargo, si el procedimiento terminó con archivo, sobreseimiento, absolución, o si nunca se llegó a judicializar, podrías solicitar la cancelación o, al menos, la limitación del tratamiento si consideras que ya no es necesario o es desproporcionado.

Pasos que podrías seguir:

  • Identificar qué cuerpo tiene el registro: Policía Nacional/Guardia Civil (ámbito estatal) o policía autonómica/local (en Cádiz normalmente será estatal o local).
  • Reunir documentación: DNI/NIE, datos aproximados del hecho (fecha, comisaría) y, si existe, resolución judicial (archivo, sobreseimiento, absolución) o certificado que lo acredite.
  • Presentar una solicitud de cancelación/limitación ante el responsable del tratamiento (normalmente la Dirección General de la Policía o el órgano correspondiente), invocando tus derechos bajo la Ley Orgánica 7/2021.
  • Si no contestan o deniegan, podrías valorar reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Si me indicas si hubo condena, archivo o absolución (y el año aproximado), puedo orientarte mejor sobre el cauce más adecuado. También suele ser útil que un abogado penalista revise el caso y la documentación concreta.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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