Seguridad Social y pensiones

¿Cómo puedo solicitar la incapacidad laboral?

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Si estás en Castelló/Castellón y tu estado de salud te impide trabajar con normalidad, podrías plantearte solicitar una incapacidad permanente ante la Seguridad Social (distinta de la baja médica por incapacidad temporal).

En España, la incapacidad permanente se regula principalmente en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Generalmente se reconoce cuando, tras tratamiento y seguimiento médico, quedan limitaciones previsiblemente definitivas que reducen o anulan tu capacidad laboral. Existen varios grados (por ejemplo, parcial, total, absoluta o gran invalidez), y el grado depende de cómo afecte a tu profesión habitual o a cualquier trabajo.

Vías de inicio (en muchos casos):

  1. De oficio: el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede iniciar el expediente, por ejemplo tras un periodo de incapacidad temporal.
  2. A instancia de parte: puedes solicitarlo tú mismo.
  3. A propuesta del Servicio Público de Salud o de la Mutua (si cubre contingencias profesionales).

Pasos habituales para solicitarla:

  1. Reunir documentación médica: informes recientes de especialistas, pruebas diagnósticas, historial clínico y un informe que describa limitaciones funcionales. También ayuda aportar descripción de tu puesto y tareas.
  2. Presentar la solicitud al INSS: normalmente se tramita por el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa, o por la Sede Electrónica de la Seguridad Social si dispones de identificación digital. Suele utilizarse el formulario de “Incapacidad permanente” y documentación identificativa y laboral.
  3. Valoración por el EVI (tribunal médico): podrían citarte para reconocimiento y revisar informes. Posteriormente el INSS dictará resolución.

Si la resolución fuera denegatoria o no estuvieras conforme con el grado, generalmente podrías presentar una reclamación previa y, si procede, acudir a la vía judicial social.

Si me indicas si estás de baja (incapacidad temporal), tu tipo de trabajo y si la causa es accidente laboral/enfermedad profesional o enfermedad común, puedo orientarte mejor sobre qué vía y documentación suelen ser más relevantes.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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