Reclamaciones de cantidad

¿Cómo puedo saber a cuánto asciende mi deuda y cómo puedo pagarla?

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Por lo que indicas, necesitas saber el importe exacto de una deuda (capital, intereses y posibles gastos) y la forma correcta de pagarla para evitar más recargos o problemas.

En reclamaciones de cantidad, el importe exigible suele componerse de: 1) el principal (lo que se debía originalmente), 2) intereses (los pactados en contrato o, si no hay pacto, los que correspondan legalmente), y 3) costes o gastos, que pueden incluir comisiones previstas válidamente o, si ya hay un procedimiento judicial, costas (honorarios de abogado/procurador, etc.) cuando proceda. La base general está en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), especialmente en materia de obligaciones e intereses por mora. Si la deuda deriva de una factura entre empresas o profesionales, podrían aplicar intereses específicos de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Para saber “a cuánto asciende” con precisión, podrías seguir estos pasos:

  1. Identificar el origen de la deuda: contrato, préstamo, tarjeta, alquiler, factura, etc., y recopilar documentación (contrato, recibos, facturas, comunicaciones).
  2. Pedir un desglose por escrito al acreedor o a la empresa de recobro: capital pendiente, intereses (tipo y periodo), comisiones y base legal o contractual de cada partida.
  3. Si ya hay reclamación judicial (monitorio, verbal, etc.), revisar la notificación del Juzgado: normalmente indica cantidad reclamada, documentos aportados y plazos. En Bizkaia, podrías consultar con el Servicio Común Procesal o en el propio Juzgado, con tu DNI, para confirmar estado y cuantías.

Para pagarla, generalmente conviene:

  • Solicitar por escrito instrucciones de pago (IBAN, referencia, beneficiario) y exigir justificante/recibo.
  • Indicar en el concepto qué se paga (por ejemplo, “principal e intereses hasta fecha X”) para evitar imputaciones discutibles.
  • Si no puedes pagar todo, proponer un acuerdo de fraccionamiento y pedir que quede firmado (importe, calendario, y si se paralizan intereses o reclamaciones).

Si el acreedor no facilita un desglose claro o hay partidas que no reconoces, podría ser recomendable que un profesional revise la documentación antes de pagar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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