Penal

¿Cómo puedo denunciar a un vecino que fuma en el ascensor del edificio?

R

Pregunta

Respuesta automática

Por lo que comentas, un vecino estaría fumando dentro del ascensor del edificio, algo que puede resultar muy molesto y afectar a la convivencia, además de implicar posibles infracciones según las normas aplicables.

Desde el punto de vista legal, fumar en un ascensor (espacio cerrado de uso colectivo) puede encajar, en muchos casos, como una infracción administrativa si se considera “lugar de uso público o colectivo” y concurren las circunstancias previstas en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre. En cambio, por la vía penal normalmente solo se valoraría si los hechos fueran especialmente graves (por ejemplo, conductas reiteradas con clara intención de hostigar) y pudieran relacionarse con tipos como coacciones o acoso, previstos en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. En situaciones habituales de “incivismo” en zonas comunes, lo más frecuente es que se gestione por la vía comunitaria y/o administrativa.

Pasos que podrías seguir (de menor a mayor intensidad):

  1. Reunir indicios: anota fechas y horas, y si es posible consigue testigos. Si hay cámaras en el ascensor o zonas comunes, la comunidad podría valorar si existe grabación, respetando la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

  2. Vía comunitaria: comunica el problema al presidente o al administrador para que se advierta formalmente al vecino y se recuerden las normas. La comunidad puede reforzar la prohibición mediante acuerdos y cartelería, conforme a la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.

  3. Aviso a policía local/ertzaintza: si se produce en el momento, podrías llamar para que lo constaten y, en su caso, tramiten denuncia por infracción administrativa.

  4. Denuncia: puedes presentar denuncia en comisaría, cuartel o juzgado de guardia, aportando los datos e indicios. Si hubiera amenazas, coacciones o una conducta de hostigamiento continuada, convendría describirlo con detalle.

Si quieres, puedo orientarte sobre qué datos incluir en la denuncia y cómo plantearlo ante la comunidad para que quede bien documentado.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en Penal.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita