Penal

¿Cómo puedo cobrar la pensión si mi marido no paga y ya está denunciado?

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Pregunta

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Por lo que indicas, existe una pensión fijada (normalmente en una sentencia o convenio aprobado judicialmente) y tu marido no la está pagando, y además ya has presentado denuncia. En esta situación suele ser importante combinar la vía penal con la vía civil de ejecución para intentar cobrar cuanto antes.

En España, el impago de pensiones puede tener dos planos. Por un lado, el cobro efectivo suele tramitarse mediante ejecución en el juzgado que dictó la sentencia, conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Esto permite pedir al juzgado que embargue bienes o ingresos del obligado al pago (por ejemplo, nómina, cuenta bancaria, devolución de IRPF, vehículo). Por otro lado, si se dan los requisitos, el impago puede constituir delito de abandono de familia del artículo 227 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (impago durante 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos de una prestación económica establecida judicialmente).

Pasos que podrías valorar en tu caso (Guadalajara):

  1. Comprobar que la pensión está fijada en resolución judicial y reunir justificantes de impago (extractos bancarios, movimientos, recibos).
  2. Presentar (o impulsar si ya está) una demanda de ejecución de sentencia en el juzgado de familia: se solicita el principal adeudado y, en muchos casos, intereses y costas. Si conoces su empresa, cuentas o bienes, conviene aportarlo para facilitar embargos.
  3. En paralelo, seguir la vía penal si ya hay denuncia: aporta al juzgado o a Fiscalía un cuadro de mensualidades impagadas y prueba de que la obligación existía y se incumplió. La vía penal puede conllevar responsabilidad, pero no siempre garantiza el cobro inmediato, por eso suele ser útil la ejecución.
  4. Si hay hijos menores y la pensión es de alimentos, pregunta por posibles ayudas/anticipos y recursos sociales mientras se tramita.

Si me dices si la pensión es de alimentos (hijos) o compensatoria, y si existe sentencia firme, puedo orientarte mejor sobre los siguientes pasos prácticos. También sería recomendable que lo revise un abogado/a o el servicio de orientación jurídica del Colegio de Abogados de Guadalajara para preparar la ejecución con datos de embargo.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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