Reclamaciones de cantidad

¿Cómo es el proceso de embargo en España?

M

Pregunta

Respuesta automática

Entiendo que quieres saber, de forma general, cómo funciona un embargo en España cuando hay una reclamación de cantidad y el deudor no paga. En Tarragona (Cataluña) el procedimiento de embargo se rige principalmente por normas estatales, por lo que el esquema suele ser similar al del resto de España.

En términos sencillos, el embargo es la forma en que un juzgado “retiene” bienes o dinero del deudor para pagar una deuda reconocida. Generalmente no se embarga “por las buenas”: suele ser necesario un título que permita ejecutar, como una sentencia, un decreto en un procedimiento monitorio, un laudo arbitral o una escritura pública, según la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

El proceso suele seguir estos pasos:

  1. Obtención del título ejecutivo: por ejemplo, tras un procedimiento monitorio (si la deuda es dineraria, vencida y acreditable) o un juicio declarativo, se obtiene una resolución que reconoce la deuda.
  2. Demanda de ejecución: el acreedor solicita al juzgado que inicie la ejecución para cobrar, conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  3. Requerimiento de pago y despacho de ejecución: el juzgado puede requerir el pago y, si no se paga, dicta la resolución que permite embargar.
  4. Averiguación de bienes: en muchos casos se consulta dónde tiene cuentas, nómina, devoluciones tributarias u otros bienes (por ejemplo, mediante el Punto Neutro Judicial).
  5. Embargo de bienes concretos: lo más habitual es empezar por dinero en cuentas, salarios o devoluciones. Si no basta, podría embargarse un vehículo o un inmueble. Existen límites e inembargabilidades, especialmente sobre salarios, conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  6. Realización (venta) y pago: si se embargan bienes, podrían subastarse para convertirlos en dinero y pagar al acreedor, normalmente a través de subasta judicial.

Si estás pensando en iniciar o te han comunicado un embargo, podría ser útil reunir documentación (contratos, facturas, justificantes de pago, nóminas) y valorar con un profesional la estrategia procesal, plazos y posibles oposiciones o acuerdos de pago.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en Reclamaciones de cantidad.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita