Inmobiliario

¿Es recomendable ser titular de una hipoteca sin ser propietario de la vivienda?

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Planteas si tiene sentido asumir una hipoteca (es decir, figurar como deudor frente al banco) sin ser propietario de la vivienda. En la práctica es una situación posible, pero suele implicar riesgos importantes si no se estructura bien.

En términos generales, la hipoteca es una garantía real que recae sobre un inmueble para asegurar el pago de una deuda (normalmente un préstamo). Puedes ser deudor del préstamo hipotecario sin ser dueño del inmueble; el propietario sería el “hipotecante” (quien ofrece su vivienda como garantía). Esto se encuadra en el Código Civil y en la normativa hipotecaria, en particular la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946) y su Reglamento (Decreto de 14 de febrero de 1947). Además, el funcionamiento del préstamo hipotecario y la información al consumidor se rigen por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

El principal punto a valorar es que, si no pagas, el banco podría reclamarte a ti como deudor con todo tu patrimonio (responsabilidad personal), y además podría ejecutar la vivienda hipotecada aunque no sea tuya. Por eso, muchas veces no es “recomendable” salvo que exista una contrapartida clara (por ejemplo, uso de la vivienda, precio reducido, un acuerdo familiar) y un buen blindaje contractual. También puede afectar a tu capacidad de endeudamiento futura y a tu historial crediticio.

En Lleida (Cataluña) puede ser especialmente relevante prever por escrito las relaciones internas entre deudor y propietario conforme al Libro Sexto del Código Civil de Cataluña (Ley 3/2017, de 15 de febrero), por ejemplo, pactos de reembolso, contribución a la deuda y qué ocurre si uno paga por el otro.

Pasos prudentes que podrías considerar:

  1. Exigir un acuerdo privado (y si es posible, en escritura) con el propietario: quién paga, qué pasa si hay impagos, y derecho a recuperar lo pagado.
  2. Valorar garantías a tu favor: aval del propietario, prenda, o incluso una participación en la propiedad o un derecho real (usufructo/uso) si procede.
  3. Revisar si el préstamo tiene “solidaridad” entre deudores y qué cláusulas de vencimiento anticipado existen.
  4. Consultar la escritura y pedir a un profesional que revise el encaje y riesgos antes de firmar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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