Civil

¿Es posible que me despidan teniendo un contrato indefinido?

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Aunque tu contrato sea indefinido, eso no significa que sea “inamovible”. En España, un contrato indefinido puede extinguirse, pero la empresa debe hacerlo por una causa válida y siguiendo un procedimiento.

La materia es laboral (no civil) y se rige principalmente por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En Cataluña no hay un derecho civil propio que cambie estas reglas laborales, porque se aplican normas estatales.

En general, un despido con contrato indefinido podría producirse por varias vías:

  • Despido disciplinario: por incumplimientos graves del trabajador (por ejemplo, faltas repetidas e injustificadas, desobediencia, ofensas, etc.). Debe comunicarse por escrito indicando hechos y fecha de efectos.
  • Despido por causas objetivas: por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por ineptitud sobrevenida/falta de adaptación. Suele requerir comunicación escrita y, en muchos casos, preaviso e indemnización.
  • Despido colectivo (ERE): si afecta a un número relevante de personas y se siguen trámites específicos.
  • Extinción durante el periodo de prueba: si aún existe periodo de prueba pactado y vigente, podría extinguirse con mayor facilidad.

Si te comunican un despido, suele ser importante:

  1. Pedir y conservar toda la documentación (carta de despido, finiquito, comunicaciones, nóminas).
  2. Revisar la causa alegada y si se han respetado los requisitos formales.
  3. Actuar rápido: en España el plazo para impugnar un despido suele ser de 20 días hábiles desde la fecha de efectos, iniciando normalmente una papeleta de conciliación previa.
  4. Consultar cuanto antes con un abogado laboralista o con un sindicato, porque pequeños detalles (fechas, redacción de la carta, pruebas) pueden influir en la calificación del despido y en las cantidades.

Si quieres, puedo ayudarte a identificar qué tipo de despido sería según lo que te hayan comunicado y qué documentación convendría reunir.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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