Inmobiliario

¿Cómo redactar un contrato de alquiler de 6 meses sin pagar indemnización?

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Quieres alquilar una vivienda en Cuenca por 6 meses y que el contrato termine al vencimiento sin tener que pagar una “indemnización” por irte o por darlo por terminado.

En España, los alquileres de vivienda habitual se rigen principalmente por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. En estos contratos, aunque se pacte “6 meses”, el inquilino generalmente tiene derecho a permanecer hasta 5 años (si el arrendador es persona física) mediante prórrogas obligatorias, salvo que se trate realmente de un alquiler de temporada. Por eso, para que sea por 6 meses “cerrados”, lo habitual es encajarlo como arrendamiento para uso distinto de vivienda (temporada), también regulado por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Para que sea un contrato de temporada y no de vivienda habitual, conviene que quede muy claro:

  • La causa temporal concreta (por ejemplo: traslado temporal por trabajo, curso académico, prácticas, tratamiento médico, reforma de la vivienda habitual del inquilino, etc.).
  • Que NO es la residencia habitual y permanente del inquilino.
  • La vivienda habitual del inquilino y, si es posible, documentos que apoyen la temporalidad (matrícula, contrato de trabajo temporal, justificante de reforma, etc.).

Sobre “no pagar indemnización”: en un contrato de temporada de 6 meses, lo más prudente es pactar que el contrato termina en la fecha acordada sin prórroga y sin penalización por no renovar. Distinto sería marcharse antes de los 6 meses: ahí sí podría pactarse una penalización, pero también puede pactarse expresamente que no habrá indemnización por desistimiento anticipado (o que habrá un preaviso y una compensación limitada).

Pasos prácticos que podrías seguir:

  1. Definir si realmente es vivienda habitual o temporada (esto es clave).
  2. Incluir una cláusula de duración “6 meses exactos” y de extinción automática a vencimiento.
  3. Regular por escrito la entrega de llaves, fianza (1 mensualidad en temporada suele ser lo habitual) y suministros.
  4. Revisar el borrador con un profesional para asegurar que el contrato no se “recalifique” como vivienda habitual por el uso real.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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