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¿Cómo identificar si hay cláusulas abusivas en un contrato?

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Si has firmado (o te han ofrecido) un contrato y sospechas que alguna condición es “injusta”, es razonable querer detectar posibles cláusulas abusivas antes de asumir consecuencias económicas o legales.

En España, la protección frente a cláusulas abusivas se centra especialmente en contratos con consumidores. La norma clave es el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. En términos sencillos, una cláusula podría considerarse abusiva si no se ha negociado individualmente y, contra la buena fe, causa un desequilibrio importante entre derechos y obligaciones en perjuicio del consumidor. También es relevante la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, cuando el contrato usa condiciones “tipo” o predispuestas.

Señales habituales a revisar (según el tipo de contrato):

  • Falta de transparencia: texto confuso, letra muy pequeña, conceptos no explicados, o costes relevantes no destacados (comisiones, penalizaciones, intereses).
  • Penalizaciones desproporcionadas: por cancelar, retrasarte o resolver el contrato.
  • Renuncias de derechos: por ejemplo, limitar de forma excesiva reclamaciones, garantías o la posibilidad de resolver.
  • Modificaciones unilaterales: permitir a la otra parte cambiar precio o condiciones sin causa clara y sin darte una vía razonable de salida.
  • Vencimiento anticipado o resolución “automática” por incumplimientos menores.
  • Imposición de gastos al consumidor: por gestión, reclamación de impagos, etc., sin justificación o de forma fija y elevada.

En Tarragona (Cataluña), además, pueden influir normas autonómicas de consumo, como la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, que refuerza deberes de información y prácticas comerciales leales.

Pasos prácticos que podrías seguir:

  1. Identificar si actúas como consumidor (uso personal) o como profesional/empresa, porque cambia la intensidad de la protección.
  2. Subrayar cláusulas de precio, duración, renovaciones, desistimiento/cancelación, penalizaciones, gastos y resolución.
  3. Pedir por escrito aclaraciones y desglose de costes, y conservar publicidad/ofertas (pueden ayudar a valorar la transparencia).
  4. Si ya está firmado y hay conflicto, valorar una reclamación previa (servicio de atención al cliente, OMIC, consumo/arbitraje) y llevar el contrato a revisión profesional para analizar viabilidad y estrategia.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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