¿Se puede requerir a la empresa donde trabaja quien incumple el pago de pensiones?
Sara
Pregunta
¿Se puede requerir a la empresa donde trabaja quien incumple el pago de pensiones?
Sara
Pregunta
Por lo que comentas, una persona está incumpliendo el pago de una pensión (normalmente, de alimentos a favor de hijos o una pensión compensatoria) y te planteas si se puede “requerir” a la empresa donde trabaja para que se haga efectivo el cobro.
En España, generalmente no es la empresa la obligada a pagar la pensión, pero sí puede verse afectada si existe una orden judicial de embargo. La vía habitual es la ejecución de la resolución que fijó la pensión (sentencia o convenio regulador aprobado judicialmente). En ese procedimiento, el juzgado puede acordar el embargo de salario del deudor y ordenar a la empresa (como “pagadora”) que retenga una parte de la nómina y la ingrese según lo indicado. Esto se apoya, entre otras normas, en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que regula la ejecución, los embargos y la intervención de terceros que pagan sueldos.
En pensiones de alimentos, además, suelen aplicarse criterios de protección reforzada: aunque existen límites generales a los embargos de sueldo, en alimentos esos límites pueden modularse por el juzgado caso por caso para garantizar el sustento, dentro de lo legalmente posible.
Pasos que podrías valorar:
Si el impago es reiterado, en paralelo podría valorarse la vía penal por posible delito de abandono de familia, previsto en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, aunque depende de requisitos concretos y de la prueba.
Al estar en Sevilla, se aplica el derecho común (sin especialidades civiles autonómicas). Para elegir la estrategia y preparar la ejecución con la documentación correcta, suele ser muy útil que lo revise un/a profesional.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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