Mercantil

¿Qué pasos debo seguir para que mi empresa me pague lo que me debe?

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Por lo que indicas, tu empresa (o una empresa con la que trabajas) te debe una cantidad y quieres saber cómo reclamar el pago. En Cáceres se aplican las normas estatales generales, sin particularidades de derecho civil foral relevantes para este tipo de reclamación mercantil.

En una reclamación de impago, lo importante suele ser acreditar dos cosas: que existió la relación (contrato, pedido, prestación de servicios) y cuál es la deuda (importe, vencimiento y condiciones). Si se trata de una operación entre empresas o profesionales, además puede ser aplicable la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que regula plazos de pago e intereses de demora (y, en ciertos casos, una indemnización mínima por costes de cobro).

Pasos que podrías seguir, de forma ordenada:

  1. Reunir documentación y calcular la deuda: facturas, albaranes, correos, contrato, presupuestos aceptados, justificantes de entrega/servicio. Calcula principal y, si corresponde, intereses.

  2. Requerimiento de pago fehaciente: enviar un burofax con certificación de texto y acuse de recibo (o medio equivalente) detallando: concepto, facturas, importe, fecha límite de pago y número de cuenta. Esto suele ayudar a negociar y deja constancia.

  3. Negociación y acuerdo: si te proponen un calendario, intenta que quede por escrito (reconocimiento de deuda) y, si es posible, con garantías.

  4. Si no pagan, vía judicial: en muchos casos se usa el “procedimiento monitorio” regulado en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, útil para deudas dinerarias vencidas, exigibles y acreditadas con documentos (facturas, albaranes, emails, etc.). Si la otra parte se opone, el asunto puede pasar al procedimiento declarativo correspondiente.

  5. Medidas adicionales: si hay riesgo de impago por insolvencia, conviene valorar cuanto antes estrategias procesales y de aseguramiento.

Si me indicas si eres autónomo/empresa, el importe aproximado y qué documentos tienes (facturas, albaranes, contrato), puedo orientarte mejor sobre el cauce más habitual y cómo preparar el requerimiento.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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