Herencias y Testamentos

¿Qué ocurre si no firmamos el cuaderno particional de una herencia?

A

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Si sois herederos en Tarragona y no firmáis el cuaderno particional, normalmente lo que ocurre es que la herencia queda “bloqueada” en cuanto al reparto: no se formaliza la adjudicación de bienes y se dificulta disponer de ellos (vender, inscribir, repartir cuentas, etc.).

En Cataluña es relevante el derecho civil propio. La sucesión y la partición se rigen principalmente por el Código civil de Cataluña (Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código civil de Cataluña, relativo a las sucesiones). En términos sencillos, el cuaderno particional es el documento donde se concretan el inventario, la valoración, el pago de deudas si las hay y qué bienes se adjudican a cada heredero. Para que tenga plena eficacia práctica, suele requerir el acuerdo y firma de quienes intervienen (herederos y, en su caso, legitimarios y otras personas con derechos).

Si uno o varios no firman, en muchos casos se producen estas consecuencias:

  • Se mantiene la comunidad hereditaria: los bienes siguen “en proindiviso” entre los herederos, sin reparto individual.
  • Dificultad para inscribir cambios en el Registro de la Propiedad o para operar con bancos, porque faltaría una adjudicación aceptada o formalizada.
  • Se pueden generar gastos y tensiones: impuestos, suministros, IBI, mantenimiento, y discusiones sobre quién paga qué mientras no se reparte.

Pasos que podríais valorar:

  1. Revisar el motivo del desacuerdo: errores en el inventario, valoraciones, deudas, compensaciones, atribución de bienes, etc. A veces se resuelve con una rectificación o con una adjudicación distinta.
  2. Intentar una negociación o mediación con un profesional neutral.
  3. Si no hay acuerdo, generalmente puede acudirse a vías formales: por ejemplo, solicitar la intervención de un contador-partidor si procede, o acudir al procedimiento judicial de división de herencia para que se practique la partición con control judicial.

Dado que cada herencia tiene matices (testamento, pactos sucesorios, legítimas, bienes gananciales/pareja, deudas), suele ser muy recomendable que un abogado o notario revise la documentación concreta antes de decidir el siguiente paso.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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