Herencias y Testamentos

¿Cuál es el procedimiento para renunciar a una herencia?

R

Pregunta

Respuesta automática

Si estás valorando renunciar a una herencia en Huesca, normalmente es porque existen dudas sobre deudas, cargas o porque no interesa recibir los bienes. En España, la renuncia es posible, pero debe hacerse de forma formal y con ciertos efectos importantes.

En términos generales, la renuncia (también llamada repudiación) es un acto voluntario por el que el llamado a heredar decide no aceptar la herencia. En el Derecho común, se regula en el Código Civil. La regla habitual es que la renuncia debe hacerse de manera expresa y en documento público, es decir, ante notario (no suele bastar con “decirlo” o firmar un escrito privado). Además, la renuncia suele ser total: no se puede renunciar solo a las deudas y quedarse con los bienes.

Como estás en Huesca (Aragón), conviene tener en cuenta que puede ser aplicable el Derecho civil propio de Aragón, regulado en el Código del Derecho Foral de Aragón. Aunque la idea básica es similar (renuncia/repudiación formal), algunos aspectos del régimen sucesorio pueden variar respecto al Código Civil (por ejemplo, figuras y reglas propias de la sucesión aragonesa). Por eso, suele ser recomendable verificar qué normativa rige exactamente la herencia.

Pasos que podrías seguir, de forma orientativa:

  1. Reunir información: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento si lo hay, y una primera aproximación a bienes y deudas (bancos, préstamos, recibos, IBI, comunidad, etc.).
  2. Valorar alternativas: aceptar a beneficio de inventario (figura prevista en el Código Civil) puede limitar la responsabilidad por deudas al valor de lo heredado, y a veces se considera antes de renunciar.
  3. Acudir a una notaría: para formalizar la renuncia mediante escritura pública. Si hay varios herederos, cada uno decide por separado.
  4. Comunicarlo en la tramitación de la herencia: la renuncia suele afectar a quién pasa a heredar (sustitutos del testamento o, si no, los llamados por ley).

Si hay menores, personas con discapacidad, o dudas sobre deudas, la decisión suele requerir más cautela y revisión profesional.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en Herencias y Testamentos.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita