Herencias y Testamentos

¿Cómo puedo averiguar si mi madre puede desheredarme completamente?

A

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Entiendo tu preocupación: quieres saber si, viviendo en Córdoba, tu madre podría dejarte fuera de la herencia y cómo comprobarlo con cierta seguridad.

En Andalucía se aplica, con carácter general, el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil). Según esta norma, los hijos son “herederos forzosos”, lo que significa que normalmente tienen derecho, como mínimo, a una parte de la herencia llamada legítima. En términos sencillos: en muchos casos no es posible “desheredar completamente” a un hijo sin cumplir requisitos.

La desheredación solo suele ser válida si se hace en testamento y basándose en una causa legal expresa. Las causas de desheredación de hijos y descendientes están recogidas en el Código Civil (por ejemplo, maltrato de obra o injurias graves de palabra, o negar alimentos al progenitor sin motivo). Además, en el testamento debe indicarse la causa concreta; y, si tú la impugnas, generalmente serán los herederos quienes tendrían que probar que esa causa existió.

También es importante distinguir entre:

  • Desheredación: te excluye por una causa legal.
  • No nombrarte en el testamento: si aun así eres legitimario, podrías conservar derechos sobre la legítima.
  • Indignidad para suceder: supuestos excepcionales (por ejemplo, ciertos delitos), regulados en el Código Civil, que podrían impedir heredar.

Pasos prácticos que podrías seguir:

  1. Si tu madre fallece, solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad (Registro General de Actos de Última Voluntad) para saber si hay testamento y ante qué notario.
  2. Con ese dato, pedir copia autorizada del testamento al notario (solo cuando tengas derecho a ello como interesado).
  3. Llevar el testamento a un abogado de herencias para valorar si hay desheredación, si la causa está bien expresada y si sería impugnable.

Si quieres, puedo decirte qué documentación suele pedirse en el Registro y en la notaría y los plazos habituales tras el fallecimiento.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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