Inmobiliario

¿Qué medidas puedo tomar para proteger mi vivienda si mi empresa quiebra?

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Si tu empresa entra en insolvencia, es normal que te preocupe que los acreedores intenten cobrar sobre tu patrimonio personal, incluida la vivienda. La clave está en si las deudas son de la empresa o también tuyas, y en el régimen de propiedad de la casa.

En España, si operas como autónomo o empresario individual, respondes generalmente con tu patrimonio personal. Si es una sociedad (por ejemplo, una Sociedad de Responsabilidad Limitada regulada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital), en principio responde la sociedad con sus bienes, salvo casos como avales personales, deudas tributarias o de Seguridad Social con derivación de responsabilidad, o responsabilidad por administración. El procedimiento de insolvencia se regula por el Real Decreto Legislativo 1/2020, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Medidas que podrías valorar para proteger la vivienda (según tu situación concreta):

  1. Revisar si has firmado avales o garantías personales. Si existe aval, la vivienda podría quedar expuesta aunque la deuda sea “de la empresa”.

  2. Comprobar la titularidad y cargas en el Registro de la Propiedad (nota simple). Si hay hipoteca, el banco tiene un derecho preferente sobre la vivienda.

  3. Analizar tu régimen económico matrimonial. En el País Vasco hay particularidades por el Derecho civil vasco (Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco) y por la vecindad civil; según el caso, podría influir en qué bienes responden y cómo se atribuyen. Si la vivienda es ganancial/comunicada o privativa puede ser relevante, especialmente si las deudas se contrajeron antes o después del matrimonio.

  4. Evitar transmisiones “de última hora”. Donar o vender por debajo de mercado cuando ya hay insolvencia podría ser impugnable en concurso (acciones de reintegración) y agravar el problema.

  5. Explorar mecanismos de segunda oportunidad si eres persona física (incluido autónomo). La Ley Concursal contempla la exoneración del pasivo insatisfecho en ciertos supuestos, lo que a veces permite conservar vivienda si el plan de pagos y la viabilidad lo permiten.

Te recomendaría recopilar escritura de la vivienda, cargas, préstamos, avales y documentación societaria y consultarlo pronto con un abogado mercantil-inmobiliario en Álava, porque el margen de actuación suele depender mucho del momento en que se actúe.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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