Inmobiliario

¿Qué acciones puedo tomar si mi exmarido no paga el 50% de la hipoteca?

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Pregunta

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Por lo que indicas, tras la ruptura existe una hipoteca a nombre de ambos (o vinculada a una vivienda común) y tu exmarido ha dejado de asumir su 50%, lo que te puede estar obligando a pagar más para evitar impagos ante el banco.

En estos casos conviene distinguir dos planos. Frente al banco, generalmente responde quien figure como deudor en el préstamo: si ambos sois titulares, la entidad puede reclamar la totalidad a cualquiera de los dos (esto suele ocurrir aunque entre vosotros hayáis pactado “mitad y mitad” en el convenio). En cambio, entre vosotros sí puede existir la obligación interna de contribuir según lo acordado en sentencia, convenio regulador o pacto, o según la titularidad y el uso de la vivienda.

En Navarra puede ser relevante el régimen económico matrimonial y los pactos propios del Derecho Civil Foral (Ley 1/1973, de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra), además de lo que establezca vuestra resolución de divorcio/separación.

Pasos que podrías valorar:

  1. Revisar la documentación clave: escritura del préstamo hipotecario (quién es deudor), escritura de propiedad (porcentajes), y la sentencia o convenio regulador (quién asume la hipoteca y en qué proporción, y si alguien tiene el uso de la vivienda).

  2. Requerimiento fehaciente: enviar un burofax reclamando las cantidades impagadas y proponiendo un calendario de pago. Suele ayudar a dejar constancia y a preparar una posible reclamación.

  3. Ejecución o reclamación judicial: si el impago vulnera medidas fijadas en sentencia (por ejemplo, en un convenio regulador aprobado judicialmente), en muchos casos podría solicitarse su ejecución ante el juzgado de familia. Si no hay una medida clara, podría plantearse una reclamación de cantidad por lo abonado de más.

  4. Medidas sobre la vivienda: si mantener la situación es inviable, podría valorarse negociar una novación o subrogación (que uno se quede el préstamo, si el banco lo acepta), vender la vivienda, o promover la extinción de condominio si sois copropietarios.

Si me dices: 1) quién figura en la hipoteca, 2) quién vive en la casa y 3) qué dice exactamente la sentencia/convenio sobre la hipoteca, podré orientarte mejor sobre la vía más habitual en tu caso.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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