Herencias y Testamentos

¿Puedo cobrar la herencia de mi madre si mi padre aún vive?

V

Pregunta

Respuesta automática

Entiendo tu duda: quieres saber si puedes “cobrar” o recibir la herencia de tu madre aunque tu padre siga vivo. En Cáceres (Extremadura) se aplica, con carácter general, el Derecho civil común.

En España, la herencia se abre en el momento del fallecimiento (artículos 657 y 659 del Código Civil). Eso significa que, aunque tu padre esté vivo, tú podrías heredar de tu madre si eres heredero/a (por testamento o, si no hay testamento, por las reglas de la sucesión intestada).

Lo importante es que la herencia de tu madre se reparte entre sus herederos, pero tu padre suele tener derechos en esa herencia. En muchos casos, cuando fallece una persona casada con hijos:

  • Los hijos heredan la propiedad de los bienes (son herederos).
  • El cónyuge viudo (tu padre) tiene, generalmente, un derecho de usufructo sobre una parte de la herencia (artículo 834 del Código Civil). El usufructo es el derecho a usar o disfrutar bienes (por ejemplo, vivir en una vivienda o percibir rentas) sin ser propietario.

Por eso, podrías “cobrar” o recibir bienes, pero puede ocurrir que no puedas disponer libremente de algunos (por ejemplo vender una vivienda) si tu padre tiene usufructo, salvo que se llegue a un acuerdo para conmutar ese usufructo (sustituirlo por una cantidad de dinero, una renta o la adjudicación de ciertos bienes), algo previsto en el artículo 839 del Código Civil.

Pasos que podrías seguir:

  1. Confirmar si hay testamento (Certificado de Últimas Voluntades y, si existe, copia autorizada en notaría).
  2. Identificar los bienes y deudas y el régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes), porque antes suele liquidarse la sociedad de gananciales si existía.
  3. Hacer la aceptación y partición de herencia ante notario y liquidar impuestos (Impuesto sobre Sucesiones y Plusvalía Municipal si procede).
  4. Si hay usufructo de tu padre y queréis “cobrar” o repartir, valorar un acuerdo de conmutación.

Si me dices si tu madre dejó testamento y si tus padres estaban en gananciales o separación de bienes, puedo orientarte mejor sobre el escenario más probable.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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