¿Me pueden desalojar si alquilo sin contrato?
Adrián
Pregunta
¿Me pueden desalojar si alquilo sin contrato?
Adrián
Pregunta
Si estás viviendo en un piso alquilado en León “sin contrato por escrito”, es normal que te preocupe si te pueden echar de un día para otro. En España, la falta de contrato escrito no significa necesariamente que no exista un alquiler, pero sí puede complicar cómo se prueba y cómo se resuelve el conflicto.
En general, el arrendamiento puede ser verbal: el contrato existe si hay acuerdo sobre la vivienda y el precio, aunque no se haya firmado nada. Esto se rige principalmente por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y, de forma supletoria, por el Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. En Castilla y León no hay un derecho civil propio especial que cambie estas reglas básicas.
Ahora bien, aunque exista un alquiler verbal, el propietario no puede desalojarte “por su cuenta” (por ejemplo, cambiando la cerradura, cortando suministros o entrando sin permiso). Eso podría tener consecuencias legales. Lo habitual, si el propietario quiere recuperar la vivienda o si alega impago u otra causa, es que tenga que acudir a un procedimiento judicial de desahucio conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Lo que sí puede ocurrir en la práctica es que, sin contrato escrito, haya discusión sobre condiciones como duración, renta, fianza o preavisos. Por eso es importante reunir pruebas de la relación de alquiler: transferencias o recibos, mensajes (WhatsApp/email), anuncios, empadronamiento, facturas a tu nombre, etc.
Pasos que podrías valorar:
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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