Mercantil

¿Incluye la paga extra cuando la empresa dice 3 pagas sin cobrar?

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Por lo que indicas, la empresa te habría comunicado que “hay 3 pagas sin cobrar” y tu duda es si en ese cómputo se incluyen también las pagas extraordinarias (paga de verano y/o Navidad).

En España, lo habitual es que el salario se componga de 12 mensualidades ordinarias y, además, 2 pagas extraordinarias al año, salvo que estén prorrateadas. Esto se regula en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores), que reconoce el derecho a, al menos, dos gratificaciones extraordinarias, aunque permite que por convenio colectivo o contrato se acuerde el prorrateo en 12 mensualidades.

Por eso, cuando una empresa habla de “3 pagas sin cobrar”, puede referirse a situaciones distintas, y conviene concretar:

  • Si cobras en 14 pagas (12 + 2 extras): “3 pagas” podría incluir dos mensualidades ordinarias y una extra, o tres mensualidades ordinarias, dependiendo de qué meses estén impagados.
  • Si tienes las pagas extra prorrateadas: normalmente no existiría una “paga extra” separada, porque su importe ya va integrado en cada nómina; en ese caso, “3 pagas” suele equivaler a tres nóminas mensuales impagadas.
  • Si hay complemento de atrasos o liquidación: a veces se usa “paga” de manera informal para hablar de cualquier cantidad pendiente.

En A Coruña (Galicia) no hay especialidades de derecho civil propio que cambien estas reglas laborales, ya que la materia es estatal.

Pasos prácticos que podrías seguir:

  1. Revisar tu contrato, el convenio colectivo aplicable y las nóminas para ver si las extras están prorrateadas y qué conceptos aparecen.
  2. Pedir a la empresa un detalle por escrito de qué “pagas” están pendientes (meses y conceptos).
  3. Si hay impagos, recopilar pruebas (nóminas, transferencias, comunicaciones) y valorar una reclamación de cantidad dentro de los plazos aplicables.

Si me dices si cobras en 12 o 14 pagas y qué meses concretos faltan, puedo ayudarte a interpretar qué suele incluirse en ese “3 pagas”.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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