¿Es posible representarme a mí mismo en un juicio de desahucio?
Álvaro
Pregunta
¿Es posible representarme a mí mismo en un juicio de desahucio?
Álvaro
Pregunta
En tu caso (Albacete), la duda es si en un procedimiento de desahucio puedes acudir al juzgado sin abogado ni procurador y defenderte por ti mismo. La respuesta depende, sobre todo, del tipo de juicio y de la cuantía que se reclame.
En España, la regla general en los juicios es que, para actuar ante el Juzgado, se necesita abogado (quien redacta y defiende) y procurador (quien te representa formalmente). Esto viene regulado en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Ahora bien, la propia Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil contempla supuestos en los que podrías comparecer “por ti mismo” (sin abogado ni procurador), especialmente en procedimientos civiles de cuantía reducida. En la práctica, en desahucios (por falta de pago, fin de contrato, precario, etc.) lo habitual es que se tramiten por juicio verbal y que, por la complejidad y por las consecuencias (lanzamiento, pago de rentas, enervación, oposición por causas tasadas), la mayoría de personas opten por ir asistidas por profesionales, aunque en ciertos casos podría no ser estrictamente obligatorio.
Además, hay que distinguir si solo se pide la recuperación de la vivienda/local o si también se reclaman cantidades (rentas, suministros, daños). Esa reclamación económica puede influir en si se exige o no intervención de abogado y procurador.
Pasos que podrías seguir:
Si me dices si eres arrendador o inquilino y qué te han notificado exactamente (demanda, decreto, fecha de vista/lanzamiento), podría orientarte mejor sobre el escenario más habitual.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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