Inmobiliario

¿Cuál es el proceso para comprar la mitad de la vivienda a mi ex pareja?

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Pregunta

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Entiendo que quieres quedarte con la mitad de la vivienda que ahora pertenece también a tu ex pareja, comprándole su parte. En Huesca (Aragón) esto suele articularse como una transmisión de su cuota a tu favor o como una extinción de condominio, según el caso.

Aspectos legales relevantes Si ambos sois copropietarios (por ejemplo, 50% y 50%), lo más habitual es la “extinción de condominio”: se adjudica el 100% a uno y este compensa al otro con un pago. Esto suele ser más eficiente que una compraventa pura. La operación se formaliza en escritura pública ante notario y después se inscribe en el Registro de la Propiedad. Si la vivienda está hipotecada, es clave revisar qué figura en el préstamo: la propiedad puede pasar a tu nombre, pero la deuda no siempre; para que tu ex quede fuera del préstamo generalmente hace falta una novación del préstamo con el banco.

En Aragón puede influir si estabais casados bajo un régimen económico matrimonial aragonés o si existía un pacto en capitulaciones. También, si hay hijos o medidas en un procedimiento de separación/divorcio, puede afectar al uso de la vivienda, aunque no impide necesariamente la transmisión de la propiedad.

Pasos que podrías seguir

  1. Revisar la titularidad y cargas: nota simple del Registro de la Propiedad y escritura de compra/hipoteca.
  2. Acordar el precio de la mitad: en muchos casos se apoya en una tasación o valor de mercado. Si hay hipoteca, se suele descontar la parte de deuda pendiente asociada.
  3. Definir la vía: extinción de condominio (frecuente) o compraventa de cuota.
  4. Si hay hipoteca: hablar con el banco para estudiar la subrogación/novación y la solvencia del que se queda.
  5. Preparar la escritura notarial y liquidar impuestos: normalmente Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Real Decreto Legislativo 1/1993), además de posibles efectos en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004) si procede.
  6. Inscribir en el Registro y actualizar suministros, comunidad e IBI.

Si me indicas si estáis casados o pareja de hecho, el porcentaje exacto y si hay hipoteca, podría orientarte mejor sobre la opción más habitual y la documentación necesaria.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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