Familia

Si mi hija de 19 años queda embarazada, ¿debo seguir pagando pensión?

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Pregunta

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Entiendo su preocupación: su hija ya es mayor de edad (19 años) y, si además se queda embarazada, es normal preguntarse si eso cambia la obligación de pagar la pensión de alimentos.

En España, la pensión de alimentos para hijos no termina automáticamente al cumplir 18 años. Generalmente se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente y exista una necesidad real, conforme al Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889). Los “alimentos” incluyen no solo comida, sino también vivienda, vestido, asistencia médica y, en muchos casos, gastos de formación.

El embarazo o la maternidad/paternidad de su hija, por sí solos, no extinguen necesariamente la pensión. Lo relevante suele ser si, a raíz de esa situación, su hija pasa a tener medios propios o apoyo económico suficiente (por ejemplo, trabajo estable, prestaciones, o convivencia con una pareja que asume gastos), o si deja de existir la necesidad que justificaba la pensión. También puede valorarse si su hija mantiene una actitud razonable de búsqueda de independencia y si continúa una formación con aprovechamiento; cada caso depende mucho de las circunstancias.

Además, estando en Zaragoza, conviene tener en cuenta el Derecho civil aragonés: el Código del Derecho Foral de Aragón (Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón) regula las relaciones familiares y la obligación de alimentos entre parientes, con matices propios. Aun así, la idea principal suele ser similar: la obligación se vincula a la necesidad y a la posibilidad económica del progenitor.

Pasos que podría seguir:

  1. Revisar la sentencia o convenio regulador: puede contener criterios sobre cuándo se extingue o modifica la pensión.
  2. Si cree que han cambiado sustancialmente las circunstancias, plantearse una demanda de modificación de medidas para ajustar o extinguir la pensión (no es recomendable dejar de pagar sin resolución judicial).
  3. Reunir documentación: ingresos de su hija (si los hay), situación de convivencia, estudios, y su propia capacidad económica.

Si quiere, dígame si su hija estudia o trabaja, y si convive con alguien, y le indico qué factores suelen ser más determinantes en la práctica.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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