¿Qué puedo hacer si mi exmarido no paga la pensión alimenticia sin causarle daño?
María
Pregunta
¿Qué puedo hacer si mi exmarido no paga la pensión alimenticia sin causarle daño?
María
Pregunta
Entiendo la situación: si tu exmarido no está pagando la pensión de alimentos fijada para los hijos, tú puedes intentar que se cumpla sin buscar “hacerle daño”, sino protegiendo el interés de los menores y tu estabilidad económica.
En La Rioja se aplica, con carácter general, el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil) y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. La pensión de alimentos acordada en sentencia o convenio regulador aprobado judicialmente es una obligación exigible. Si no paga, normalmente no se “castiga” por castigar: se activan mecanismos para cobrar lo debido.
Pasos que podrías valorar:
Comprobar y documentar la deuda Reúne la sentencia/convenio, calcula los meses impagados y guarda justificantes (extractos bancarios, comunicaciones). Esto facilita cualquier reclamación posterior.
Intento previo de solución En muchos casos ayuda enviar un requerimiento por escrito (por ejemplo, burofax) pidiendo el pago y proponiendo un plan si tiene dificultades. Si ha cambiado su situación económica, lo correcto suele ser solicitar una modificación de medidas, no dejar de pagar.
Ejecución judicial de la sentencia Puedes presentar una demanda de ejecución de títulos judiciales para reclamar las cantidades atrasadas. El juzgado podría acordar embargos (cuenta bancaria, nómina, devoluciones de Hacienda, bienes), que suelen ser medidas proporcionales orientadas al cobro.
Vía penal si el impago es reiterado Si el incumplimiento es persistente, podría existir un delito de abandono de familia previsto en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Esta vía suele reservarse para impagos graves o continuados.
Si te preocupa “no causarle daño”, una estrategia habitual es priorizar el requerimiento, negociar un calendario realista y, si no funciona, acudir a la ejecución, que busca garantizar el pago a los hijos. Un abogado/a de familia o el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados puede ayudarte a elegir la vía más adecuada según tus ingresos, la cuantía y el tiempo de impago.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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