¿Qué pasos debo seguir para quitar una orden de alejamiento?
Alejandro
Pregunta
¿Qué pasos debo seguir para quitar una orden de alejamiento?
Alejandro
Pregunta
Entiendo que quieres saber cómo se puede “quitar” (dejar sin efecto o modificar) una orden de alejamiento, algo que en asuntos de familia suele afectar de forma importante a la convivencia, el contacto con hijos y la organización diaria.
En España, la orden de alejamiento normalmente es una medida penal (por ejemplo, dentro de un procedimiento por violencia de género o violencia doméstica) y puede incluir prohibición de aproximarse y/o comunicarse. Su duración y condiciones las fija un juez, y no se elimina solo porque ambas personas estén de acuerdo: cualquier cambio generalmente debe acordarlo el órgano judicial. Si, además, hay medidas civiles vinculadas (custodia, visitas, uso de vivienda), pueden coexistir resoluciones de familia y del juzgado penal, y hay que coordinarlas.
Pasos que podrías seguir, de forma general:
Identificar qué tipo de orden es y quién la dictó. No es lo mismo una medida cautelar (temporal, durante el procedimiento) que una pena o medida definitiva en sentencia. Revisa la resolución: juzgado, fecha, duración, y prohibiciones concretas.
Hablar con tu abogado para preparar una solicitud de modificación o alzamiento. Habitualmente se presenta un escrito ante el mismo juzgado que impuso la medida, explicando qué ha cambiado desde que se acordó (por ejemplo, evolución del procedimiento, circunstancias familiares, necesidad de organizar recogidas de menores, etc.).
Aportar documentación. En muchos casos se adjuntan pruebas del cambio de circunstancias: resoluciones posteriores, informes psicosociales, comunicaciones del Punto de Encuentro Familiar, cumplimiento de programas, o cualquier elemento relevante. Si hay menores, el interés del menor suele ser un criterio central.
Si hay hijos en común, pedir fórmulas seguras de contacto. Cuando no sea posible levantar la medida, a veces se solicita ajustar condiciones (por ejemplo, comunicaciones a través de terceros, uso de Punto de Encuentro Familiar, o autorizaciones judiciales puntuales para gestiones imprescindibles).
Cumplir estrictamente la orden mientras esté vigente. Cualquier incumplimiento puede tener consecuencias penales.
En Huesca (Aragón), aunque Aragón tiene derecho civil propio para algunas cuestiones familiares, la orden de alejamiento se rige por normativa penal estatal, como el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). Si me indicas si la orden es cautelar o por sentencia y si hay hijos, puedo orientarte mejor sobre qué vía suele encajar en cada caso.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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