Familia

¿Qué pasa con la hipoteca compartida si nos vamos a separar?

A

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Si vais a separaros y tenéis una hipoteca a nombre de ambos, lo habitual es que la ruptura afecte al uso de la vivienda y al reparto de gastos, pero no “corta” por sí sola el vínculo con el banco.

En Madrid se aplica con carácter general el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889). Un punto clave es que la hipoteca es un contrato con la entidad financiera: aunque acordéis entre vosotros que uno pague, frente al banco seguís siendo deudores solidarios si ambos firmasteis. Esto significa que, en muchos casos, si uno deja de pagar, el banco podría reclamar la totalidad al otro, independientemente de lo pactado en el convenio.

A nivel familiar, en la separación o divorcio se suele decidir:

  • Quién usa la vivienda (por ejemplo, si hay hijos, puede atribuirse el uso al progenitor custodio), conforme al artículo 96 del Código Civil.
  • Cómo se reparten las cargas del matrimonio y gastos (hipoteca, comunidad, suministros), conforme al artículo 90 del Código Civil si hay convenio regulador aprobado judicialmente.

Respecto a la propiedad y la deuda, hay varias salidas habituales, que dependen de vuestra economía, del régimen económico matrimonial (gananciales o separación de bienes) y de si hay menores:

  1. Seguir siendo copropietarios y cotitulares de la hipoteca, pactando quién paga y cómo se compensa.
  2. Extinción de condominio: uno se queda la vivienda y compensa al otro. Ojo: para que el otro deje de deber al banco, normalmente haría falta una novación del préstamo con liberación, que el banco tiene que aceptar.
  3. Venta de la vivienda y cancelación de la hipoteca con el precio, repartiéndose el resto si lo hubiera.
  4. Si hay bienes gananciales, liquidación de la sociedad de gananciales (Código Civil, artículos 1392 y siguientes), que puede incluir la vivienda.

Pasos prácticos que podríais seguir: recopilar escritura de compraventa y préstamo, revisar titulares y porcentajes, pedir al banco condiciones para una posible novación/subrogación, y negociar un convenio regulador que contemple uso, pagos y compensaciones. Suele ser muy recomendable que un abogado de familia revise vuestra situación concreta antes de firmar acuerdos.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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