Accidentes de tráfico

¿Qué debo hacer si tengo un accidente in itinere y mi contrato finaliza pronto?

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Si has sufrido un accidente “in itinere” (yendo o volviendo del trabajo) y tu contrato termina pronto, es normal preocuparse por la baja, las prestaciones y la cobertura del accidente. En muchos casos, el fin del contrato no “borra” el accidente ni impide que sigas protegido si estás de baja.

Desde el punto de vista laboral y de Seguridad Social, un accidente in itinere suele considerarse accidente de trabajo si se cumplen requisitos habituales: que el trayecto sea el normal y habitual, sin desvíos relevantes, en un tiempo razonable y con un medio de transporte adecuado. Esto es importante porque, conforme a la Ley General de la Seguridad Social (Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015), la contingencia (accidente de trabajo) influye en la asistencia sanitaria, la prestación por incapacidad temporal y, en su caso, otras prestaciones.

Aunque tu contrato finalice, si en ese momento sigues en incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, generalmente podrías continuar percibiendo la prestación, gestionada por la mutua colaboradora con la Seguridad Social o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, según el caso. El fin del contrato puede afectar a quién paga y cómo se tramita, pero no necesariamente a tu derecho a la prestación si la baja está bien reconocida.

En paralelo, al ser un accidente de tráfico, puede haber una reclamación de daños frente al responsable y su aseguradora, de acuerdo con la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004). Esto podría incluir lesiones, secuelas, gastos y perjuicios económicos, según el “baremo” de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre.

Pasos recomendables:

  1. Acude a un centro médico y deja constancia de que fue yendo/volviendo del trabajo.
  2. Comunica el accidente a tu empresa cuanto antes y solicita el parte/gestión con la mutua.
  3. Conserva pruebas: atestado, parte amistoso, informes médicos, billetes/peajes, testigos y horarios.
  4. Notifica a tu aseguradora y valora reclamar a la contraria si hay tercero responsable.
  5. Antes de que venza el contrato, pide por escrito a la empresa/mutua información sobre la contingencia y el seguimiento.

En Pontevedra no hay particularidades de derecho civil propio relevantes para estas reglas. Para aterrizarlo a tu caso (trayecto, culpa, documentación y plazos), suele ser muy útil revisar todo con un profesional.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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