Familia

¿Qué debo hacer para pedir la custodia de mi nieto?

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Si estás pensando en pedir la custodia de tu nieto en Ciudad Real, normalmente es porque te preocupa su bienestar o porque los padres no pueden atenderle adecuadamente. En España, estas situaciones se abordan poniendo por delante el “interés superior del menor”.

En general, los abuelos no “compiten” por la custodia como lo haría uno de los progenitores, pero sí podrían solicitar medidas para asumir el cuidado del menor cuando exista una causa que lo justifique. La base legal principal está en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889) y en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, que refuerza que la prioridad es la protección del niño. También puede intervenir la entidad pública de protección de menores de Castilla-La Mancha si hubiera una situación de riesgo o desamparo.

Qué vías suelen existir:

  1. Acuerdo familiar si es posible: si los progenitores consienten, a veces se articula mediante medidas judiciales o, en ciertos casos, con apoyos administrativos, pero conviene formalizarlo para evitar problemas futuros.
  2. Medidas judiciales: podrías acudir al Juzgado de Primera Instancia (Familia) y solicitar medidas de guarda del menor a favor tuyo, aportando pruebas de que es lo más conveniente para él (por ejemplo, informes escolares, sanitarios, acreditación de convivencia contigo, etc.). El juez suele oír al Ministerio Fiscal y, según la edad y madurez, al menor.
  3. Vía de protección de menores: si hay abandono, maltrato, consumo de sustancias, violencia o incapacidad grave de los padres, podrías ponerlo en conocimiento de Servicios Sociales o de la entidad pública competente. En casos graves, la Administración puede adoptar medidas de protección y valorar un acogimiento familiar con parientes (como los abuelos).

Pasos prácticos que podrías seguir:

  • Reunir documentación y pruebas (situación del menor, tu disponibilidad, condiciones de vivienda, red de apoyo).
  • Solicitar informes a Servicios Sociales si ya están interviniendo.
  • Consultar con un abogado de familia para preparar la solicitud y valorar si procede también una medida urgente.
  • Si hay riesgo inmediato para el menor, avisar a Servicios Sociales o, en emergencia, a las fuerzas de seguridad.

Si me indicas si el niño vive contigo ahora, la situación de los padres y si hay intervención de Servicios Sociales, puedo orientarte mejor sobre qué vía suele encajar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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