Familia

¿Qué debo hacer para conseguir la custodia total de mi hijo de 7 años?

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Entiendo que quieres conseguir la custodia exclusiva (a veces llamada “custodia total”) de tu hijo de 7 años en Almería, y buscas saber qué se valora y qué pasos suelen seguirse para pedirla.

En España, las decisiones sobre custodia se rigen principalmente por el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889). La regla básica es el “interés superior del menor”, y los juzgados suelen analizar qué opción garantiza mejor su estabilidad, cuidados, seguridad y desarrollo. La custodia puede ser exclusiva para uno de los progenitores, con un régimen de visitas para el otro, o compartida. No existe un “derecho automático” a una u otra: depende de las circunstancias concretas.

Para que se acordase una custodia exclusiva, en muchos casos el juzgado necesita ver razones objetivas que la justifiquen, por ejemplo: falta de implicación del otro progenitor en los cuidados, conflictos graves que afecten al menor, incumplimientos relevantes, o situaciones que puedan perjudicar su bienestar (siempre valoradas con pruebas). También se tiene en cuenta la capacidad de cada progenitor para atender horarios, colegio, salud, rutinas, apoyo familiar, distancia entre domicilios y la comunicación entre ambos.

Pasos que podrías considerar:

  1. Reunir documentación y pruebas útiles: comunicaciones, calendario real de cuidados, informes escolares o médicos si reflejan necesidades, y cualquier dato verificable (evita basarlo solo en opiniones).
  2. Intentar un acuerdo: si es posible, se suele canalizar mediante convenio regulador. En Andalucía puede haber recursos de mediación familiar, que a veces ayudan a pactar una custodia y visitas estables.
  3. Si no hay acuerdo, presentar demanda de medidas (o modificación de medidas si ya hay sentencia): normalmente se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) correspondiente.
  4. Prepararte para la valoración judicial: puede intervenir el Ministerio Fiscal y, en algunos casos, un equipo psicosocial (informes sobre dinámica familiar). La audiencia del menor suele depender de su madurez; con 7 años no siempre se practica.

Si me indicas si ya existe sentencia/convenio y qué está ocurriendo actualmente (custodia compartida, visitas, problemas concretos), podría orientarte mejor sobre qué encaja con tu situación.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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