Extranjería y Nacionalidad

¿Puedo solicitar la suspensión de pena si tengo antecedentes?

N

Pregunta

Respuesta automática

Por lo que indicas, te preocupa si, teniendo antecedentes penales, aún podrías pedir la suspensión de una pena y cómo puede afectarte en Extranjería y Nacionalidad en Cádiz.

En España, la suspensión de la ejecución de la pena se regula principalmente en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal). En términos generales, la suspensión es una medida que permite no entrar en prisión (o no cumplir la pena en ese momento) si se cumplen ciertos requisitos y condiciones durante un plazo.

Tener antecedentes no impide automáticamente solicitarla, pero suele ser un factor importante. De forma orientativa, los juzgados valoran, entre otros aspectos:

  • La duración de la pena de prisión impuesta (hay límites generales para poder optar a la suspensión).
  • Si eres delincuente primario o si existen condenas previas. Antecedentes recientes o por delitos similares pueden dificultar la concesión.
  • Tu conducta, arraigo, situación familiar y laboral y el riesgo de reiteración delictiva.
  • El pago de la responsabilidad civil (indemnizaciones) cuando exista, o al menos un compromiso/plan de pago en ciertos casos.

En materia de Extranjería, una condena penal y su cumplimiento/suspensión pueden tener consecuencias adicionales, porque la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (y su normativa de desarrollo) contempla supuestos en los que las condenas pueden influir en autorizaciones de residencia, renovaciones o procedimientos sancionadores. Para Nacionalidad, los antecedentes y la conducta cívica también suelen ser relevantes conforme al Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889, por el que se publica el Código Civil) y la práctica administrativa.

Pasos que podrías seguir:

  1. Revisar la sentencia y el “testimonio” de antecedentes: tipo de delito, pena exacta y fechas.
  2. Preparar documentación de arraigo (trabajo, familia, empadronamiento, formación, etc.).
  3. Acreditar pago o plan de pago de responsabilidades civiles si las hay.
  4. Solicitar la suspensión por tu abogado/a ante el juzgado ejecutor, proponiendo condiciones realistas.

Si me dices la pena concreta, el delito y si los antecedentes son cancelables ya o no, puedo orientarte mejor sobre qué factores suelen pesar más.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en Extranjería y Nacionalidad.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita